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Cadivi exigirá a viajeros dos declaraciones juradas |
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Para utilizar la asignación anual de dólares, el
usuario deberá hacer una declaración y luego, al regresar del viaje,
otra para demostrar que los consumos fueron en el itinerario aprobado.
Recientemente, el sector financiero participó al Gobierno que
inconvenientes tecnológicos impiden establecer los cupos según ciudades
de destino
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04 de noviembre 2009 | 06:56 am - Blanca Vera Azaf |
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| Tarjetas de crédito | Ernesto Morgado |
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Todo el que quiera utilizar la asignación anual de
dólares para viajeros deberá realizar una declaración jurada, a través
del portal de la Comisión de Administración de Divisas, para obtener la
aprobación de las divisas, y una segunda declaración a su regreso, para
demostrar que los consumos fueron realizados en el destino aprobado.
En caso de que el viajero decida cambiarlo o realizar alguna escala
durante el trayecto, y utilice su tarjeta de crédito, Cadivi asumirá
que el usuario cometió fraude contra la nación. Contará para tal
acusación con las dos declaraciones juradas de los viajeros y podrá, en
consecuencia, abrir un procedimiento legal previo bloqueo definitivo
del cupo de divisas.
Durante la reunión que se llevó a cabo hace dos días entre
representantes del sistema financiero y las autoridades de Cadivi se
discutió la dificultad existente para establecer cupos según destino,
por los inconvenientes tecnológicos que esto supone para la banca.
La respuesta que dio la comisión a esta preocupación, presentada por la
banca, fue que los usuarios tendrán que hacer esa segunda declaración
jurada y que ésta será utilizada como un mecanismo para comprometer a
los ciudadanos a no gastar la asignación anual en un destino distinto
al aprobado. Se señaló además que no habrá casos excepcionales como
enfermedad o pérdida de un vuelo. Se supo que en los próximos días
estará disponible en el portal de Cadivi el modelo de la declaración
jurada para los viajeros de diciembre y enero.
Para analistas, el bloqueo de todas las tarjetas, es una decisión
violatoria, pues ninguna normativa puede entrar en vigencia sin su
publicación en Gaceta Oficial.
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