La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia  dictó régimen sobre las múltiples nacionalidades de los venezolanos, mediante la sentencia 15-0235, publicada en la Gaceta Oficial N.º 40909, del 23 de mayo.  «El TSJ estableció, con carácter vinculante, que ante el supuesto de que una persona tenga múltiples nacionalidades y una de ellas sea la venezolana, será esta la que tenga prevalencia en todo lo concerniente al régimen jurídico aplicable a la misma», indica la resolución, que hizo el magistrado Juan José Mendoza (ex diputado del PSUV), lo que permite el ejercicio de cargos públicos a personas que posean doble o más nacionalidades. El amparo, emitido para favorecer a una niña de 3 años de edad, cuyos padres están en pugna por la guardia y custodia, generó dudas sobre la vigencia de la disposición de la Constitución que exige ser venezolano de nacimiento para ejercer cargos públicos por cuanto sostiene que una persona puede tener varias nacionalidades, pero  privará la venezolana y gozará de los derechos políticos, sociales y económicos. Sin embargo, la Constitución (artículo 41) indica: «Solo los venezolanos por nacimiento y sin otra nacionalidad podrán ejercer los cargos de presidente de la República (…) magistrados del Tribunal Supremo de Justicia». El presidente de la Asamblea Nacional, Henry Ramos Allup, advirtió que el TSJ viola la Constitución al «interpretarla litteris, sin especificar quién puede tener doble nacionalidad», puesto que pudiera beneficiar al presidente Nicolás Maduro: «Esta es la forma de taparle el ojo al gallo. Esta sentencia sale por los rumores de que el presidente no tiene partida de nacimiento y por eso no la enseña y es incapaz de rebatir el grave señalamiento. A Carlos Andrés Pérez le dijeron que era colombiano, él enseñó su partida de nacimiento y se acabó. Esta es otra desvergüenza más, que pretende sacarle las castañas del fuego a un presidente que no tiene cómo decir de dónde es». La sentencia no aparece entre las resoluciones de la Sala Constitucional. En la página web del TSJ se registran los actos del 24 de mayo, pero no del día anterior cuando los magistrados firmaron y aprobaron la interpretación sobre el derecho a la nacionalidad, solicitada por la madre de la niña luego de que un tribunal suspendió la emisión de la partida de nacimiento y le prohibía salir del país. La menor posee tres nacionalidades: norteamericana de nacimiento y francesa y venezolana porque el padre es europeo y la madre es de Venezuela. El fallo, si bien ordena a la Dirección de Registro Civil de Baruta darle la partida de nacimiento a la menor, establece dos limitaciones. La primera: que los venezolanos en el exterior no podrán usar pasaportes extranjeros para entrar al país, sino la acreditación venezolana, alertó el constitucionalista José Vicente Haro, pues los consulados nacionales no emiten pasaportes ni cédulas venezolanas. «La grave consecuencia es que aquel con otra nacionalidad no tiene eficacia jurídica», explicó. El presidente del Frente Institucional Militar, Rafael Huizi Clavier, cuestionó al TSJ y emplazó al Parlamento a exigirle a Maduro que muestre si es venezolano o colombiano y a darles un derecho de palabra para exponer las razones por las cuales no puede ser jefe de Estado.


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