La Sala Electoral del Tribunal Supremo de Justicia, en ponencia conjunta número 67, declaró inadmisible el recurso contencioso electoral presentado el pasado jueves 8 de junio por la fiscal general, Luisa Ortega Díaz, contra las decisiones del Consejo Nacional Electoral que impulsan la realización de una asamblea nacional constituyente.

La fiscal pidió al juzgado anular la aceptación del CNE de una convocatoria constituyente, la aceptación del CNE de las bases comiciales emanadas del Ejecutivo, el lapso establecido por el CNE para la recepción de postulaciones y el anuncio del CNE del 30 de julio como fecha de la elección.

Los cinco abogados que integran la Sala Electoral determinaron que la petición de Ortega Díaz es inadmisible por “inepta acumulación de pretensiones”, es decir, por incluir en el mismo expediente solicitudes de nulidad “de actuaciones emanadas de distintos órganos del poder público, cuyo conocimiento corresponde a jurisdicciones distintas”. Esto, aunque el recurso se refería exclusivamente a las decisiones del Poder Electoral.

La Sala, integrada por tres ex diputados del MVR-PSUV, también considera inoficioso pronunciarse sobre el amparo cautelar y suspensión de efectos de la convocatoria a una ANC solicitado por la fiscal.

La decisión de la Sala Electoral se dio a conocer a primeras horas de la mañana de ayer, lo cual resultó sospechoso para conocedores del sistema judicial, tomando en consideración que esta recibió el recurso el jueves en la tarde, y el viernes no dio despacho.

Decenas de personas intentaron -sin éxito- adherirse al recurso de la fiscal general desde el jueves hasta ayer.


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