La Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia determinó que todas las decisiones que tome la Asamblea Nacional durante el período de sesiones extraordinarias tienen plena validez legal y que no hay limitación alguna sobre las materias a tratar y decidir, así como sus efectos. De esta manera, pretenden blindar la designación de los 13 nuevos magistrados del TSJ, a pesar de los alegados vicios de inconstitucionalidad de dicho proceso.La sentencia 1.758, formalmente publicada ayer, constituye la respuesta al recurso de interpretación del artículo 220 de la Constitución, interpuesto por Diosdado Cabello, presidente de la Asamblea Nacional, el 15 de diciembre.Cabello se hizo eco de la duda sobre lo dispuesto en la carta magna, específicamente si las atribuciones constitucionales y legales del Parlamento, con ocasión de convocatorias a sesiones extraordinarias, se verían de algún modo mermadas por encontrarse en la etapa final del período constitucional para el cual fue elegido.Sobre la base de una ponencia conjunta; es decir, elaborada por los siete integrantes de la Sala Constitucional, el fallo indica que el vencimiento del período ordinario de sesiones no acarrea impedimento alguno: ?…la Asamblea Nacional actual está en pleno ejercicio de sus potestades y debe continuar ejerciendo las atribuciones que le son propias hasta el día inmediatamente anterior al que se instale la nueva Asamblea Nacional, dado que el período para el cual fueron elegidos sus integrantes se mantiene vigente?.


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