Este martes en sesión ordinaria, los diputados de la Asamblea Nacional sancionaron la Ley Aprobatoria del ?Acuerdo que debe regir las actividades de los Estados en la Luna y otros Cuerpos Celestes?, suscrito en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos (EE. UU.), el 18 de diciembre de 1979.El instrumento legal fue aprobado por la Asamblea General de las Naciones Unidas (ONU), mediante resolución 34/68 el 5 de diciembre de 1979, en razón de lo cual fue abierto a la firma y ratificación de los Estados miembros de la Comunidad Internacional el 18 de diciembre del mismo año, entrando en vigor el 11 de julio de 1984, y consta de un preámbulo y 21 artículos.Desde el año 1979, y hasta la presente fecha, el acuerdo ha sido ratificado por 16 países, entre los cuales destacan la República de Perú, los Estados Unidos Mexicanos y la República Oriental de Uruguay.El referido documento tiene como finalidad regir las actividades de los países en la exploración y utilización del espacio ultraterrestre, específicamente sobre la utilización, exploración y explotación de la Luna y sus recursos, incluyendo las órbitas alrededor de esta u otras trayectorias dirigidas hacia ella, o alrededor de ella, y otros cuerpos celestes del Sistema Solar, distintos al planeta Tierra.También estipula que la Luna y sus recursos naturales son patrimonio común de la humanidad, por cuanto su utilización por parte de las naciones deberá ser solo con fines pacíficos. Asimismo, de manera expresa prohíbe el uso de la fuerza dirigida a generar amenazas a la seguridad internacional.


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