Juan Miguel Matheus, presidente de la Comisión para la Defensa de la Constitución, explicó por qué es violatorio de la ley la petición de Nicolás Maduro de adelantar las elecciones parlamentarias, que están previstas para el año 2020.

La Constitución establece que ningun ente de la República puede disolver la Asamblea Nacional, ni reducir su período; solo bajo el artículo 240 se otorga atribuciones al Parlamento para remover al vicepresidente ejecutivo. Cuando este proceso se realiza por tercera vez es posible disolver la Asamblea Nacional, siempre que esta no esté en su último año.

Matheus agregó: »La Asamblea Nacional sigue ejerciendo sus funciones constitucionales, el mandato que le dio el pueblo de Venezuela en las elecciones del 6 de diciembre de 2015 y, lo más importante, sigue siendo el sustento institucional de la presidencia encargada de Juan Guaidó».


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