La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establece en sus artículos 83 y 84 que ?la salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida?. Asimismo, aclara que para garantizar el derecho a la salud ?el Estado creará, ejercerá la rectoría y gestionará un sistema público nacional de salud?.Sin embargo, la escasez de medicamentos, de insumos médicos y la falta de una infraestructura adecuada para la red hospitalaria, ha imposibilitado el acceso a la salud para los ciudadanos. Las cifras de la Federación Farmacéutica de Venezuela demuestran que el desabastecimiento de medicinas es de 85%.José Trujillo, diputado y vicepresidente de la Comisión Permanente de Desarrollo Social Integral de la Asamblea Nacional, manifestó que las cifras ofrecidas sobre los logros en materia de salud presentados por el gobierno en años anteriores, no corresponden a la realidad que viven los venezolanos actualmente.El parlamentario indicó que dicha comisión de la AN aprobó, en segunda discusión, un acuerdo en solución a la crisis humanitaria en Venezuela. En dicha ley se exige al Estado garantizar el acceso a la lista de medicamentos esenciales, permitir el envío de medicamentos tanto afuera como adentro del territorio nacional y declarar crisis humanitaria de salud.Afirmó que el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación tiene tres años que no reporta la incidencia de las enfermedades infecciosas en la población: ?Los médicos venezolanos no sabemos, en estos momentos, de qué mueren los ciudadanos porque tenemos dos años sin recibir el informe ni el telegrama semanal; sin esto, no se pueden tomar medidas que eviten epidemias o problemas mayores?.


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