Luego de que cerró el plazo para la postulación de candidatos a los consejos legislativos, la rectora principal del Consejo Nacional Electoral Tanía D’ Amelio informó que las 14 organizaciones con fines políticos y el grupo de electores que presentaron aspirantes para las presidenciales eran los únicos que podían hacerlo para la de los comicios legislativos regionales, excluye así a Un Nuevo Tiempo y a Acción Democrática. También se incorporaron 38 organizaciones regionales, entre las que se encuentran representaciones indígenas.

D’ Amelio no precisó a qué normativa electoral obedece la decisión del organismo comicial.

Félix Arroyo de AD y Vicente Bello de UNT aseguraron que no han sido notificados oficialmente, por lo cual presumen que es una opinión de la rectora.

Bello indicó que esperarían los resultados de la reunión de ayer o declaraciones de la presidente del CNE, Tibisay Lucena, para conocer con detalle esta “arbitrariedad y completa violación de la ley”.

Argumentó que todos los partidos tienen derecho de postular candidatos en los diferentes ámbitos, sea municipal, regional o nacional. “Se producen distintas coaliciones en todas las escalas. Si una organización tiene una alianza nacional no significa que en el contexto regional no pueda tenerla. Esta decisión no puede estar sujeta a una resolución, es un abuso”, aseveró.

Arroyo recordó que el “atropello comenzó en las elecciones de alcaldes, en 2017, cuando algunos partidos de oposición decidieron no postularse por considerar el proceso de gobernadores un fraude. Los llamaron a validarse nuevamente y los eliminaron del camino. Están ahorcando a los partidos”.

Advirtió que el CNE continúa violando el artículo 32 de la Ley de Partidos Políticos, el cual señala que la inscripción de las organizaciones se cancelará cuando hayan dejado de participar en dos períodos constitucionales sucesivos, y no en dos procesos seguidos.

Las 14 organizaciones con fines políticos habilitadas para estas elecciones y las próximas, de acuerdo con la rectora, son el Partido Socialista Unido de Venezuela, Avanzada Progresista, Comité de Organización Política Electoral Independiente, Movimiento Al Socialismo,  Movimiento Electoral del Pueblo, Movimiento Político Alianza para el Cambio, Movimiento Somos Venezuela, Organización Renovadora Auténtica, Partido Comunista de Venezuela, Por la Democracia Social, Patria Para Todos, Tendencias Unificadas para Alcanzar el Movimiento de Acción Revolucionaria Organizada, Unidad Popular Venezolana, Unidad Política Popular 89 y el grupo de electores Esperanzas por el Cambio. 10 pertenecen al Gran Polo Patriótico.

D’ Amelio señaló que Primero Justicia no puede participar porque solo alcanzó a validarse en dos estados, sin embargo no mencionó que se le impidió ir al proceso de reparo, que estaba estipulado en el cronograma de la validación de partidos realizado el 27 y el 28 de enero de este año, por orden de la asamblea nacional constituyente.

En el caso de Voluntad Popular y Puente, la rectora indicó que los partidos se “autocancelaron” al no presentar su solicitud de renovación. “Esos partidos simplemente no existen”, aseveró.

Francisco Castro, coordinador de Súmate, afirmó que un órgano “serio, independiente y sensato” debió hacer las elecciones separadas para cumplir con la ley, pero por estar bajo la tutela de la ANC, adelantaron la elección presidencial y luego hicieron la reprogramación; retrasaron por 12 días la publicación del cronograma, “efectuaron actividades electorales de forma discrecional y sacaron del juego a los partidos que no se prestaron para unas elecciones que no cuentan con condiciones democráticas y en las que solo está garantizada la ventaja para el candidato oficialista”.


Municipales debieron ser en 2016

La Asociación Civil Súmate recordó que las elecciones de gobernadores y consejos legislativos debieron convocarse para diciembre del año pasado y no para octubre, y sin escoger a los diputados regionales. Las de alcaldes y concejos municipales debieron efectuarse en diciembre de 2016, para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 81 de la Ley del Poder Público Municipal, el cual señala que el ejercicio del cargo es por cuatro años, pero el Poder Electoral esperó por el mandato de la asamblea nacional constituyente y la convocó para diciembre, un año después.

Indicó que violaron el artículo 2 de la Ley de Regularización de los Periodos Constitucionales Legales de los Poderes Públicos Estadales y Municipales, en el que se estipula que las elecciones de gobernadores y legisladores se harán en conjunto, así como las de alcaldes y concejales.


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