Uno de los problemas fundamentales del país es que no sólo el ciudadano común, sino que también intelectuales y políticos desconocen la Constitución.La Constitución organiza el Estado, define las competencias de los Poderes Públicos, limita el poder arbitrario, contiene los derechos y deberes ciudadanos y es la base del ordenamiento jurídico. Aquella frase ?dentro de la Constitución todo, fuera de la Constitución nada?, es sin duda importante para el rescate de la vida organizada que la sociedad venezolana merece.Así, en la Constitución se encuentran regulados los Poderes del Estado sobre la base de la división funcional tradicional: Ejecutivo, Legislativo y Judicial (administración, legislación y justicia) y se agregan otros dos poderes para la materia electoral (poder electoral) y de control moral (Ministerio Público, Contraloría, Defensoría y Consejo Moral Republicano).El Poder Legislativo lo ejerce la Asamblea mediante la función legislativa. También se le atribuyen funciones de control de los otros poderes. La Asamblea no es gobierno, y por tanto, no le corresponderá a ésta ni a la que se elija, la labor de administrar bienes y servicios públicos, como fijar los precios de la gasolina, como han opinado reputados economistas.La Asamblea debe dictar las leyes, debe reformar las que no se adecuen al interés público y debe derogar aquellas que han instalado el terror como método de control ciudadano, pero la Asamblea no es quien va a resolver los problemas de administración de la cosa pública ni de las políticas públicas en lo relativo a la gestión administrativa que al Ejecutivo corresponde desarrollar.La Asamblea sí puede, sin embargo, controlar que estas ejecutorias se adecuen al orden constitucional y a la conveniencia del interés general, mediante la interpelación y el voto de censura, así como con leyes que mermen la discrecionalidad y castiguen la desviación del poder.La materia económica debe ser prioridad de la Asamblea, mediante leyes que creen un ambiente de seguridad jurídica, para que se vuelva a una economía de mercado (que es la que la Constitución contempla) y no a la que se ha instalado para que el Estado se apodere de la vida económica con una gestión ineficiente de carestía absoluta.En materia de seguridad, la interpelación de los Ministros del área debe llevar a una modificación radical, un Estado para la seguridad y tranquilidad ciudadana y no para la promoción de grupos del terror y la impunidad.En el área social, una Asamblea que dicte las leyes que obliguen a la prestación satisfactoria del servicio salud y la seguridad social prácticamente aniquilada con las políticas de los últimos años.En el área laboral, leyes de libertad y de favorecimiento del pleno empleo, premiando el esfuerzo y no creando una estabilidad ficticia que desincentiva al empleado y al empleador.En la educación, leyes que promuevan la libertad académica y que no pretendan un adoctrinamiento del retraso y el culto a la personalidad. Leyes que garanticen una educación universitaria de calidad y la remuneración de profesores y maestros acordes con la entidad de la delicada labor que éstos realizan.En materia de derechos humanos, la libertad de los presos políticos mediante una ley general de amnistía, la promoción de la libertad de expresión y pensamiento y en general el favorecimiento de todos los derechos que la Constitución del 99 tan bien proclama.En fin una Asamblea con ciudadanos y no súbditos, una Asamblea con consciencia de la necesidad de reconducir el Estado a la frase citada ?dentro de la Constitución todo, fuera de la ella nada?.


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