Aníbal Sánchez, miembro del equipo electoral del Comando Venezuela Unida, explica qué deben hacer quienes hayan sido nseleccionados como presidente, miembro o secretario de una mesa electoral para los comicios parlamentarios del 6 de diciembre. Tienen hasta el 3¿mañana para capacitarse.    -Si soy presidente o miembro de mesa quién me suministrará información al respecto? ¿El CNE me notifica?   -486.732 electores que fueron seleccionados como miembros y secretarios de mesa para las 40.601 mesas que estarán habilitadas en los 14.515 centros de votación deberían acudir a su capacitación desde el miércoles 4 de noviembre hasta el jueves 3 de diciembre, según el cronograma electoral, aunque en una entrevista la rectora Tania D? Amelio dijo que será hasta el 4 de Diciembre. Los ciudadanos que participan como miembros de mesas podrán imprimir desde la misma web del CNE su credencial, que se sellan y registra el día del taller de adiestramiento, evitando así que deban regresar en otra oportunidad. Se dicta un taller por cada parroquia. En la página del CNE la información.    -Si fui seleccionado, ¿qué debo hacer? ¿El CNE me notifica?   -El artículo 99 de Ley Orgánica de Procesos Electorales señala: ?El Consejo Nacional Electoral notificará de manera individual y expresa a los integrantes de los organismos electorales subalternos que hubiesen sido seleccionados?. El artículo 112 dice que el  Consejo Nacional Electoral tomará todas las previsiones para la adecuada capacitación de los ciudadanos seleccionados para prestar el servicio electoral obligatorio. Los electores, para saber si son miembros y secretarios de mesa, como también para ubicar el lugar y el horario de su adiestramiento, deben entrar  a la página www.cne.gob.ve e ingresar su  número de cédula de identidad en el campo ?Consulte sus Datos ? Registro Electoral?, como también pueden hacerlo llamando al 0800-VOTEMOS (0800-8683667) o enviando un mensaje de texto con su número de cédula de identidad al 2637.   -¿Cuáles son las funciones que debo desempeñar como presidente o miembro de mesa?   -Se seleccionaron  12 electores como integrantes para cada una de las 40.601 mesas de votación, de los cuales 4 son principales, 4 suplentes y 4 de reserva, para asumir las funciones de instalación el 5 de diciembre y la constitución de las mesas el 6 de diciembre. Estos cumplirán distintos roles. Habrá un presidente, dos miembros principales y un secretario.   El presidente es la máxima autoridad de la mesa electoral, coordina la ejecución de cada uno de los actos electorales que allí se ejecutan, explica cómo votar y presiona el botón de desbloqueo, ubicado en el dispositivo de autenticación integral, para activar la máquina de votación. De ser necesario, entrega la Planilla de Incidencias al elector, marcando previamente el óvalo correspondiente a la incidencia presentada.   Los miembros A o B integrantes de la mesa electoral ayudan en la ejecución de los distintos actos que en ella se ejecutan; son responsables de la utilización del cuaderno de votación, donde el elector firma y estampa su huella dactilar. Entre otras funciones, se encargan de impregnar el dedo meñique de los electores en el desengrasante y, luego, en la tinta indeleble, después de que hayan ejercido su derecho al sufragio; asimismo, velan porque el elector deposite el comprobante de voto en la caja de resguardo.   El secretario debe llenar las actas e instrumentos electorales, en cada uno de los actos electorales; registrar los imprevistos que se presenten; así como orientar a los electores en el recorrido por la mesa. Tiene derecho a voz y no a voto en las decisiones de la mesa.   -¿Si soy presidente o miembro de mesa y no puede estar presente porque estoy fuera del país qué debo hacer?   -Debe realizar los trámites de excepción. La información está en la pagina web del CNE.    -¿Cuáles son las sanciones si incumplo?   -Los miembros que no acudan, sin haber realizado los tramites de excepción, podrán ser sancionados con multas que oscilan entre 15 y 50 Unidades Tributarias, es decir, entre 2.250 y 7.500 bolívares; como también con arresto proporcional, a razón de un día por unidad tributaria, según determine la autoridad competente, de acuerdo con lo establecido en los artículos 230 y 231 de la LOPRE.   Existen excepciones, plasmadas en el artículo 113 de la LOPRE, para prestar el Servicio Electoral Obligatorio: ser mayor de sesenta y cinco años de edad; tener alguna discapacidad física, mental, de salud o legal, debidamente certificada por las autoridades competentes; ser candidato o en el proceso electoral, y prestar servicio de emergencia en razón de su profesión u oficio.   -¿Qué pasa si el día de la elección no asisten los miembros de mesa?   -Si fuese imposible la instalación de la mesa por estar presente sólo uno o dos miembros, se incorporarán los miembros suplentes de las mesas electorales contiguas. Cuando una mesa  no se constituya por no completarse el quórum necesario, se informará a la Junta Nacional Electoral y se seguirá el procedimiento siguiente:   De encontrarse presente uno o dos miembros principales de la mesa, o el secretario, uno de éstos procederá. En otros casos se incorporarán a los miembros suplentes de las mesas electorales contiguas, hasta completar el quórum.   Si a las 7:00 am resulta imposible suplir la ausencia, se incorporarán los testigos de las mesas, primero como accidentales, y si a las 8:00 amno aparecen los sorteados pasan a ser principales. Ya a las 9:00 am no podrán ser sustituidos ni suplentes ni principales que aparezcan.   -¿Cuál es el rol de los testigos?   -El testigo de mesa, siendo de las organizaciones postulantes, tiene como función presenciar las actividades que se realizan en la mesa electoral, haciendo constar mediante acta aquellos hechos o irregularidades que, en su criterio, hubiese observado.    El testigo de la Estación de Información al Elector debe presenciar las actividades que realizan los operadores del Sistema de Información al Elector (SIE), ficha fundamental en el registro del voto asistido, e impedir el doble acompañamiento.   -¿Si estoy fuera del país debo comunicar que no voy a  votar?   -En el CNE no existe tal normativa y en mi criterio político no pongo en duda que alguna institución del Estado que maneje el flujo de entradas y salidas del país tenga la data de venezolanos en el exterior. Nadie debe votar por otro si todos cumplen su trabajo.    -¿A qué hora cierra la mesa?   -Testigos, miembros y secretarios deben tener claro que el cierre de las mesas es a las 6:00 pm, como lo estipula el artículo 121 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, si no existen electores en las colas.


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