El pasado 5 de octubre escribí sobre la necesidad de pensar a Venezuela más allá del 2015 y del 2016, es decir, dejar de hacer diagnósticos y predicciones referidas a cuán grave serán los problemas que enfrentaremos en los próximos años, para dar paso a ideas, propuestas y soluciones. En ese sentido, El Nacional brinda a jóvenes profesionales y a sus colaboradores un espacio valioso para la difusión de esas ideas y propuestas, en vez de limitarnos a escribir únicamente sobre ?la crisis?.Siendo la descentralización y la reforma del Estado mi principal área de estudio, me permito recordar que la Asamblea Nacional ??por mayoría de sus integrantes, podrá atribuir a los estados y municipios determinadas materias de competencia nacional, a fin de promover la descentralización?? (artículo 157 de la Constitución Nacional). Pregunto: ¿cuáles serían esas leyes en materia descentralización que deberían promoverse en la próxima Asamblea Nacional?La respuesta no es sencilla porque la descentralización en Venezuela supone la modificación y la sanción de nuevos textos normativos en materias vinculadas a la participación política, el sistema financiero y tributario, y reforma administrativa del Estado. A continuación me permito señalar algunos de esos textos normativos que la próxima Asamblea Nacional debería tomar en cuenta.Sobre la descentralización administrativa del Poder Ejecutivo Nacional. Es necesaria la reforma de la vigente Ley Orgánica del Consejo Federal de Gobierno y la Ley Orgánica de Descentralización. Es fundamental que esos textos se modifiquen para: a) eliminar el financiamiento a las administraciones territoriales paralelas que vulneran la autonomía constitucional de los estados y municipios; b) fortalecer la participación de los estados y municipios como sujetos destinatarios de la transferencia de competencias desde el poder nacional; y c) reafirmar legislativamente las competencias constitucionales de los estados, las cuales hoy se encuentran centralizadas en el Poder Ejecutivo Nacional.Sobre la descentralización política: De acuerdo con los artículos 4 y 16 constitucionales, Venezuela es un Estado federal descentralizado, y la legislación político-territorial debe garantizar la autonomía municipal y la descentralización político-administrativa. Derogar las leyes del Poder Popular; y reformar la Ley Orgánica del Poder Público Municipal, Ley de los Consejos Estadales de Planificación y Coordinación de Políticas Públicas, y la Ley de los Consejos Locales de Planificación Pública, repercutirían positivamente a favor de la autonomía constitucional de los estados y municipios. Sobre la descentralización financiera y tributaria: Es imprescindible la reforma y creación de textos normativos que fortalezcan y procuren un mayor financiamiento y participación de los estados en los tributos nacionales. La sanción de la Ley del Fondo de Compensación Interterritorial y la Ley de Hacienda Pública Estadal, así como la reforma de la Ley de Asignaciones Económicas Especiales, deberían formar parte de la próxima agenda legislativa. [email protected]@jaimemerrickMerrickjaime.wordpress.com


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