El abogado de dirigente opositor Leopoldo López, Juan Carlos Gutiérrez, replicó las declaraciones de la Fiscal General Luisa Ortega Díaz en las que, demostrando desconocimiento del derecho, afirmó que Leopoldo López no puede ser trasladado a su centro de votación. ?Ni la sentencia condenatoria en primera instancia, ni la inhabilitación política que ha pesado sobre Leopoldo López son causales para que se le impida que ejerza su derecho al voto?. ?En primer lugar queremos aclarar que la ciudadana Fiscal General no es la autoridad competente para opinar formalmente sobre la solicitud del señor López, quien en pleno ejercicio de sus derechos, ha exigido que se le garantice su derecho al sufragio, tal como lo contemplan la Constitución y las leyes. Con tales declaraciones la Fiscal General evidencia su desconocimiento del derecho, puesto que hasta que no exista una sentencia definitivamente firme, López y cualquier ciudadano pueden ejercer su derecho al voto?. Gutiérrez reiteró que la jueza 28 de juicio, Susana Barreiros, debe ordenar a las autoridades de Ramo Verde el traslado de López a su centro de votación, ubicado en la Escuela Juan de Dios Guanches del municipio Chacao, o en su defecto, el Consejo Nacional Electoral venezolano debe constituir un centro de votación en el CENAPROMIL, tanto para el dirigente político como para los procesados y algunos penados militares que se encuentran allí, recordando que los miembros de las FANB gozan de pleno derecho para votar?. En este sentido, el abogado de López recordó que ?hace escasos 2 días al ciudadano Leocenis García, directivo del Grupo 6to. Poder se le autorizó por parte del tribunal de su causa el traslado el 6 de diciembre al centro de votación correspondiente, lo cual sienta jurisprudencia aplicable a los presos políticos Antonio Ledezma, Daniel Ceballos, Manuel Rosales, Rosmit Mantilla, y para el mismo Leopoldo López. Lo contrario sería una franca violación de sus derechos?. El pasado 30 de noviembre el coordinador nacional de Voluntad Popular, exigió a las autoridades, a través de sus abogados, ser trasladado al centro de votación correspondiente para ejercer su derecho al sufragio en las elecciones parlamentarias que se realizarán el próximo domingo 6 de diciembre. El documento consignado por Gutiérrez basa en los hechos ciertos de que el líder del partido Voluntad Popular ?hasta este momento, no ha sido informado por las autoridades encargadas de su custodia respecto a las condiciones en las que podrá hacer uso de su derecho constitucional a ejercer su voto; en vista de que nuestro defendido no se encuentra inhabilitado políticamente, pues su sentencia no ha sido ejecutada por no encontrarse definitivamente firme, al haberse ejercido el recurso de apelación correspondiente; y siendo el sufragio un derecho constitucional, tal como lo contemplan los artículos 63 y 64 de la Constitución Nacional?. López es elector del circuito 2 del estado Miranda (Baruta, Chacao, El Hatillo y Leoncio Martínez) por el cual la Unidad ha postulado al coordinador nacional político adjunto de Voluntad Popular, Freddy Guevara. Durante los últimos eventos electorales López había ejercido su derecho al voto en compañía de su esposa Lilian Tintori y de sus hijos Manuela y Leopoldo Santiago. NP


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