El Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró constitucional el Estado de Excepción y Emergencia Económica decretado por el presidente de la República, Nicolás Maduro.

La Sala Constitucional, a través de la sentencia 364, validó la medida económica  aplicable en  el territorio nacional.

En una ponencia conjunta se decidió que el decreto 2.849 del presidente es pertinente en atención a lo dispuesto en los artículos 336, numeral 6 y 339 de la Constitución y 25, numeral 6 de la Ley Orgánica del TSJ.

En el documento se destaca que esta decisión se toma  “a fin de que el Ejecutivo Nacional adopte las medidas urgentes, contundentes, excepcionales y necesarias, para asegurar a la población el disfrute pleno de sus derechos, preservar el orden interno, el acceso oportuno a bienes, servicios, alimentos, medicinas y otros productos esenciales para la vida”.


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