Hoy Venezuela no tiene formalmente presidente.

En nuestro país, desde hace un buen tiempo, a raíz del aposentamiento de instituciones chavistas que desplazaron a viejas estructuras heredadas de la última fase democrática del país, se viene instalando un sistema jurídico con apariencias de legalidad que es efectivamente ilegítimo e injusto. Esta circunstancia se agravó intensamente a raíz del montaje del fraudulento andamiaje normativo que desde la instalación de la espuria asamblea nacional constituyente de Maduro, el 4 de agosto de 2017, se tejió conjuntamente con el Tribunal Supremo de Justicia –desconstituido desde el 21 de julio del mismo año, cuando la Asamblea Nacional removió a los magistrados exprés que en el aún existen– y con la anuencia activa del Consejo Nacional Electoral, órgano subordinado a la ANC el 11 de agosto del año pasado, cuando sus 4 principales rectoras se pusieron a su orden y luego ratificados los 5 miembros por la Sala Constitucional del TSJ desconstituido.

Todo lo anterior sirvió para que el descrito andamiaje delincuencial, pretendidamente “legal”, creara las condiciones políticas favorables –después de perseguir a emblemáticos líderes de la oposición, encarcelarlos, inhabilitarlos, proscribir sus partidos políticos e “ilegalizarlos”– proclives a hacer un llamado a elecciones presidenciales, que permitiera mediante la imposición de reglas y prácticas electorales leoninas –contrarias a la ley de procedimientos electorales y la propia Constitución– la reelección de Nicolás Maduro.

No existe otro funcionario en nuestra administración pública nacional, estadal o municipal, y con toda responsabilidad me atrevo a afirmar que tampoco en la de de ningún otro país del continente americano, que, como Nicolás Maduro, tenga tantas inhabilidades políticas denunciadas y que haya sido objeto de tantas manifestaciones públicas de desagrado y rechazo a su gestión pública.

Dudo que exista otro de similar jerarquía en la América actual, que haya sido tantas veces sancionado política y jurídicamente, por distintas razones: más allá de su aún no aclarada condición de ostentar doble nacionalidad (venezolana y colombiana) que junto con la presentación de un programa de gobierno –manifiestamente socialista, y de perfil totalitario, inconciliable con el modelo o proyecto político establecido en la Constitución– lo inhabilitaban para ser presidente e, igualmente, presentarse a la reelección presidencial; a Maduro, el 13 de diciembre de 2016, la AN le declaró la responsabilidad política por los graves daños que en el orden social y económico su gestión le ha causado a los hogares venezolanos; el 9 de enero de 2017, la misma AN, en virtud de haber incurrido en acciones y omisiones que sitúan su desempeño al margen del diseño y funciones constitucionales de la Presidencia de la República, “en virtud de la grave ruptura del orden constitucional y democrático y la violación de derechos humanos en que ha incurrido, así como en la devastación de las bases económicas y sociales de la nación y los atentados a la integridad de la República” que ha cometido, se le declaró de conformidad con los artículos 232 y 233 constitucionales en abandono de su cargo; y, el 16 de julio de 2017, una consulta popular legítimamente inédita en nuestro país dio como resultado que más de 7 millones de personas le dijeran valientemente que lo rechazan y desconocen la realización de su constituyente, que le exigen respeto a la Asamblea Nacional y procedieron, en la misma oportunidad, a solicitar la integración de un gobierno de unión nacional para restituir el orden constitucional, en claro desprecio a su gestión.

Pero, si como todo lo anterior no fuese suficiente para entender la verdadera magnitud del desamparo al cual ha sometido a los venezolanos Maduro durante el ejercicio de su gestión presidencial, sucede que, el 9 de abril de 2018, la Sala Plena del TSJ legítimo dictó sentencia declarando que “hay mérito suficiente para enjuiciar a Nicolás Maduro Moros” por las graves denuncias de “corrupción propia” formuladas por la abogado Luisa Ortega Díaz, en su carácter de fiscal general de la República Bolivariana de Venezuela, vinculadas al sonado caso de la empresa Odebrecht, sociedad de delincuencia transnacional organizada ampliamente conocida en todo el mundo por sus extensas redes dedicadas al crimen internacional. Como consecuencia de lo anterior, en fecha 23 de abril de 2018, la Asamblea Nacional notifica su decisión de haber impartido la debida autorización para que el TSJ legítimo adelante la querella penal contra Maduro.

Al haber autorizado la AN al TSJ legítimo la continuación de la querella penal contra Maduro, dos efectos fundamentales, por orden de la ley (ope legis) se dieron automáticamente: la suspensión del ejercicio del cargo de presidente de Nicolás Maduro y su inhabilitación política para ocupar cualquier otro destino público. Así, el artículo 380 del Código Orgánico Procesal Penal expresamente señala: “Cumplidos los trámites necesarios para el enjuiciamiento, el funcionario o funcionaria quedará suspendido o suspendida e inhabilitado o inhabilitada para ejercer cualquier cargo público durante el proceso”, (G. O. Nº 6078 Ext. del 15/06/2012).

No hay duda: a Nicolás Maduro Moros le sobrevino por orden judicial y avalado por el Poder Legislativo –órgano constitucionalmente competente para ello– una causal sobrevenida de nulidad de su postulación como candidato a la reelección presidencial, la cual el CNE convenientemente ignoró. Estando viciada de nulidad absoluta su participación en un acto electoral cuya constitucionalidad y legalidad ya estaba seriamente cuestionada, por haber sido convocado por un órgano espurio como lo es la ANC, el acto pretendidamente electoral que se llevó a cabo el pasado 20 de mayo es nulo y sus resultados ineficaces y carentes de toda validez.

En consecuencia, es claro que pasamos de una transición constitucional (tal como lo declaro el pasado 3 de mayo el TSJ legítimo, en la que la AN debía cubrir la falta temporal en que se encontraba para ese momento la Presidencia) a un vacío de poder formalmente en la Presidencia de la República, como consecuencia de una falta absoluta, que se consuma después del 20 de mayo en el seno de la Presidencia, pues siendo nulo el evento pretendidamente electoral que se acaba de llevar a cabo para elegir presidente de la república y diputados estadales, mal puede asumirse como válido su ineficaz e inexistente resultado.

Tal indebida participación hecha por Maduro en el bufo evento electoral del pasado 20-M, al cual –según cifras oficiales– 8 de cada 10 venezolanos hábiles para manifestarse expresamente rechazaron, indica irrefutablemente que asumamos como una renuncia tácita de Maduro, a su obligación de continuar en el ejercicio de su mandato presidencial hasta el 10 de enero del 2019, fecha en la que formalmente debía culminar. Esta interrupción fraudulenta hecha por Maduro al participar en la simulación del 20-M no es sino su voluntaria renuncia tácita a culminar su gestión, y tal renuncia, equiparable a un abandono del cargo –por cierto ya antes declarado por el Parlamento nacional por razones políticas–, obliga al presidente de la AN a asumir por un principio de integralidad constitucional la Presidencia de la República, pues es él y no otro el funcionario de mayor alto rango mencionado expresamente en el texto constitucional para cubrir en un caso análogo –primer aparte del artículo 233 de la Constitución– la primera magistratura de la República, de manera encargada, hasta que se realice una nueva elección, libre, transparente, justa y con otro CNE.

Las anteriores consideraciones, para que tengan fuerza oponible, ameritan de todos los ciudadanos la validación de las formas y procederes que hasta ahora la sociedad disidente y sus legítimas autoridades hemos logrado a fuerza de insistencia y perseverancia civil en contra del tirano, mediante el acompañamiento que a nuestra principal institución democrática –la última que nos queda– le hemos dado: la AN. Creer en lo que ella ha realizado como acciones válidas y acorde a derecho es nuestra obligación, pues con ello fortaleceremos su legitimidad. Si creemos en ellas, las legitimamos, y ahí estará la fuerza de nuestras razones políticas.

De esta manera, como muestra de arrojo y dignidad ciudadana, bien pudiéramos espetarle a la barbarie chavista que pretende erigirse en vencedora electoral del 20-M por encima de la voluntad de la mayoría abrumadora de los venezolanos, tal como lo hizo a los falangistas españoles en 1936 el sabio don Miguel de Unamuno en la Universidad de Salamanca: “Venceréis, porque tenéis sobrada fuerza bruta. Pero no convenceréis, porque para convencer hay que persuadir. Y para persuadir necesitaréis algo que os falta: razón y derecho en la lucha (…)”. A nosotros nos sobra. Hagámoslo valer y exijamos a nuestros diputados no abandonar la coherencia de lo que han venido declarando.

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