El tema migratorio, para utilizar un término genérico válido, es uno de los más complejos que afectan hoy el mundo y la región. Los desplazamientos masivos en el mundo superan los 65 millones de personas, entre los cuales, más de 3,5 millones son venezolanos que huyen de la violencia y de la miseria, en medio de una crisis humanitaria compleja sin precedentes. Lamentablemente, esta cifra, pronostican los órganos internacionales, aumentaría a 5 millones en 2019, lo que plantea serios retos al país, que pierde su capital humano, y a los países receptores, especialmente vecinos, que deben enfrentar la situación.

El tema migratorio (desplazamiento, recepción/acogida, integración y retorno) no es simplemente estadístico, de números y cifras. Es un problema humano que debe ser considerado en su justa dimensión y desde diversos puntos de vista; ante todo, el jurídico, que permite definir la condición del migrante, sus derechos y obligaciones, las responsabilidades de los gobiernos del país de origen y de acogida, de los órganos internacionales competentes y de la sociedad receptora.

Venezuela fue siempre un Estado receptor. Durante décadas recibimos grupos importantes de migrantes que huían de la pobreza y de las precariedades, los europeos una vez (España, Italia, Portugal), más tarde nuestros vecinos regionales que huían de la miseria y de la falta de oportunidades (Ecuador, Colombia, Perú, Haití, Republica Dominicana) y de la violencia provocada por regímenes dictatoriales (Chile, Argentina, Uruguay). El venezolano no emigraba entonces. Venezuela era el país receptor, el país de las oportunidades, el país de las libertades, mientras que los otros de la región, en medio de su inestabilidad política y económica, eran de origen.

Al dejar su país y atravesar la frontera e ingresar a otro, las personas que huyen de la violencia, de la precariedad o de la represión y la persecución política dejan de ser nacionales para convertirse en extranjeros y dentro de ello pueden devenir, según las circunstancias y las causas, en migrantes, trabajadores migratorios, refugiados o asilados; expresiones diversas sometidas a regímenes jurídicos igualmente distintos, pero con elementos comunes. La persona, su objeto; y la protección de sus derechos, el objetivo.

Las causas o el origen de los desplazamientos forzados son múltiples. Los conflictos armados, los desastres naturales, el derecho a progresar y a vivir en libertad, las crisis humanitarias complejas agravadas por la persecución política y la represión de la dictadura, como la que atraviesa hoy Venezuela, serían las principales. No estamos, en nuestro caso, es cierto, ante un conflicto armado en el sentido estricto de la expresión; tampoco ante un desastre natural, ni ante una dictadura clásica del siglo XIX. Estamos ante una situación de violencia sin precedentes, distinta y muy particular, estructural y sistemática, próxima al crimen de lesa humanidad y al genocidio; una violencia no solamente originada por las tensiones sociales propias del fracasado sistema, sino motivada, con sus fuerzas represivas y paraestatales organizadas y financiadas por el régimen, en una suerte de terrorismo de Estado que persigue y castiga, discrimina y acorrala a quien no se identifica con la ideología de la destrucción que han tratado de imponer durante estos veinte largos años.

Ante esta tragedia, el venezolano huye y busca un mejor futuro. Se ve forzado a dejar todo para vivir en libertad y sin las carencias que caracterizan la catástrofe que sufrimos hoy. El venezolano opta por ejercer el derecho de emigrar (ius migrandi), es decir, el derecho de salir de su país hacia otro y de elegir su residencia en el territorio de otro Estado que conlleva el derecho de integrarse (ius integrandi) en la sociedad receptora, sin discriminación, basado en un principio fundamental, hoy en formación: el derecho/deber a la hospitalidad que expresa la necesaria solidaridad humana que debe prevalecer hoy en un mundo en crisis.

Los migrantes, en general, tienen derechos claramente establecidos. El disfrute de tales derechos, sin embargo, no es absoluto. El goce de ellos está sometido a las obligaciones que imponen el orden jurídico y las regulaciones que en el ejercicio de su soberanía establece el Estado en cada caso. La solicitud de asilo o de refugio, por ejemplo, es un derecho humano reconocido y aceptado por todos, pero su otorgamiento está sometido a determinadas condiciones. El Estado está obligado a considerar la solicitud, es cierto, pero no a otorgarlo en todos los casos. Igual podríamos decir del estatuto de migrante o del trabajador migratorio, también sometidos a normas internas que regulan su condición.

Es indispensable que los derechos y obligaciones de unos y otros sean considerados equilibradamente, sin ignorar que lo más importante es la protección de la persona, lo que obliga a una interpretación particular a su favor, con base en el principio pro persona, un criterio hermenéutico que permite la interpretación más extensiva, cuando se trata de proteger sus derechos; y más restringida cuando se está ante limitaciones que pudieren afectar el ejercicio de dichos derechos.

La satisfacción de las necesidades urgentes del migrante es un reto inmediato, pero no puede constituir el objetivo único de la protección que debe verse más integral y a largo plazo. Es su inserción en la sociedad de acogida la que debe promoverse, mediante políticas públicas que comprometen no solo al Estado y a sus autoridades, sino a la sociedad civil en general. La inserción social del extranjero, cualquiera que sea su condición, es sin duda alguna un proceso complejo.

La reacción de las autoridades y de la sociedad receptora no es siempre favorable al ingreso y a la permanencia de los extranjeros, y expresan incluso, en algunos casos, aunque ciertamente excepcionales, alarmantes prácticas xenófobas que generan conflicto y tensiones que afectan el disfrute de los derechos de unos y otros, lo que exige crear, para evitar reacciones de esta naturaleza, una cultura de la hospitalidad que, basada en la solidaridad, permita la mejor integración de los migrantes a la sociedad de acogida o receptora.

Para hacer frente a esta realidad y promover la hospitalidad como base de una migración inteligente y solidaria, debe funcionar la creatividad; debemos arriesgarnos a proponer ideas concretas y útiles que se podrían traducir en la creación de instituciones capaces de dar seguimiento a las migraciones, a sus potencialidades y su adaptación al medio de acogida (Observatorio de Migraciones) y de enseñar y difundir las normas de protección de las personas que emigran, sus derechos y obligaciones y las de las autoridades y de la misma sociedad de acogida (programas y centros de educación migratoria).


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