Los tres artículos que publiqué el juevesel sábado y el lunes, junto con este, que es el último de la serie, tienen no solo la intención de despertar conciencia sobre la inutilidad de la Corte Penal Internacional, sobre todo de su fiscal, sino evitar que se sigan invirtiendo esperanzas y esfuerzos en algo irreal, algo que engaña cruelmente a tantas víctimas al hacerles creer que allá se hará justicia; y que además ejecuta la maldad de beneficiar a una élite política criminal y corrupta que obtiene beneficios con ello. Imagino a Maduro sonriendo y frotándose las manos cada vez que alguien amenaza con denunciarlo ante la Corte Penal Internacional, que es lo mismo que amenazarlo con el tribunal de Maikel Moreno. 

La efectividad comparada entre Núremberg y La Haya

En la génesis de esta CPI estuvo el Tribunal Militar de Núremberg, el cual en once meses juzgó, condenó y ejecutó sentencias contra 21 criminales que participaron en el genocidio estimado en 60 millones de personas, pero aquí esta eficiencia se ha desvirtuado. En los casos que hemos comentado de Jean Pierre Bemba y de Laurent Gbagbo juzgados por un número bastante menor de crímenes (5.000), donde en cada uno de ellos se invirtieron cerca de 10 años entre investigaciones y procesos, sin nombrar las increíbles cantidades de dinero que todo eso costó, los acusados fueron absueltos.

Núremberg tuvo efecto de castigo y de disuasión, La Haya de impunidad y estímulo para el delito.

Distintos patrones de juzgamiento

Evidentemente en el caso de Núremberg se pudo llegar ese grado de efectividad debido a que no se ciñó a los mismos criterios que utiliza un juez ordinario. Por ejemplo, juzgar a un hombre acusado de haber matado a otro requiere un volumen probatorio mayor que el referido al hecho sobre que Hitler y su ejército masacraron poblaciones enteras. Aunque parezca paradójico, en el caso del homicidio individual hay que agotar hasta el convencimiento absoluto del juzgador, o del jurado, la autoría, el móvil, la voluntad. En el genocidio se está en presencia de hechos incontrovertibles del dominio público masivo. Pero en la CPI se usa el mismo nivel de prueba sobre los crímenes de las dictaduras que en el de una persona contra otra, la fiscal se toma años para pedir autorización de hacer una investigación en casos como por ejemplo el de Venezuela, donde lo que está ocurriendo es un escándalo mundial. Esto es absurdo. ¿Acaso habría que agotar la prueba de que por ejemplo Maduro y Padrino López ejercieron control en la cadena de mando respecto a la actuación de militares cuando ejecutaron el desplazamiento forzoso de ciudadanos colombianos en la frontera?, ¿o cuando mataron al capitán Acosta Arévalo? Mi respuesta es negativa. La lógica aplicable tiene que ser distinta en el caso del genocidio a la del delito individual.

¿Qué hacer?

Lo primero es promover un cambio de mentalidad en el sentido de no seguir generando falsas expectativas, dejar el engaño con esa Corte y sobre todo con su fiscal, y buscar otras vías, por ejemplo, gestionar el enjuiciamiento en países que tiene jurisdicción universal como es el caso de Bélgica o de Alemania, donde hay un Código de Crímenes de Derecho Internacional que tipifica estos mismos delitos y mejor todavía porque en verdad es universal, no tiene la limitación territorial que tiene la CPI para perseguir solo si el hecho  o las personas están vinculadas a los Estados parte del Estatuto de Roma. Vean la amplitud de la jurisdicción de este código alemán: “Esta ley rige para todos los delitos de derecho internacional descritos en ella, incluso cuando el hecho fuera cometido en el extranjero y no muestre ninguna relación con el territorio nacional” (Artículo 1).

Alemania sí recogió en este código el espíritu de Núremberg

Al tratarse de un delito contra la humanidad, esta que es la víctima no puede tener limitación territorial para perseguirlo, no hay soberanía ni subsidiaridad que pueda proteger a los autores de genocidio. En el Tribunal Federal de Justicia de Alemania se sentó jurisprudencia sobre la no necesidad de un vínculo genuino adicional en estos crímenes tipificados en el artículo 6 de su código penal para perseguirlos, pues en estos casos se estaría cumpliendo con una obligación universal.

He hecho gestiones concretas al respecto

El año pasado estuve contactando a un grupo de venezolanos radicados en Alemania, entre ellos al distinguido profesor de la Universidad de Münster Ivo Hernández, con el propósito de materializar esta idea, que de haberse llegado a dar el apoyo político que desde entonces sin éxito he pedido en Venezuela, ya estaríamos en un punto más avanzado que en la pura idea y estudio; pero esa es una posibilidad real, máxime cuando el gobierno de aquel país es uno de los que se ha sumado a la denuncia que se formuló ante la indolente CPI que de nada ha servido. Claro que uno entiende que no es fácil, pero lo que si estoy seguro es que tendríamos mejores posibilidades que esa fantasía de La Haya.

Esto no es un sueño, ¡hay una posibilidad real!

Como sabemos, Chile, Perú, Argentina, Paraguay, Colombia y Costa Rica presentaron una denuncia ante la CPI contra Nicolás Maduro como autor de crímenes de lesa humanidad, una acción que luego recibió respaldo de Canadá y Francia, y que en octubre obtuvo el apoyo de la canciller federal Angela Merkel. ¿No sería mejor idea que la Asamblea Nacional con el presidente Guaidó promovieran que esa acción sea más bien retirada de la CPI y trasladada a los tribunales de Berlín, donde ya se tendría el apoyo de su Poder Ejecutivo? Aun a sabiendas de que en aquel país hay poderes independientes, sería un peso considerable que esa acción la firme la canciller Angela Merkel ante la Fiscalía de su propio país, Alemania.

Señor presidente Guaidó, esto es con usted

Eso es ya.

Necesitamos que se designe un canciller que entre otras tareas se dedique a materializar esta acción, a recabar el apoyo de estos gobiernos que dieron ese paso de acusar penalmente a Maduro para redireccionar la acción hacia la Fiscalía Federal de Alemania, donde no está de embajadora Haifa el Aissami, ni admiten financiamientos externos, ni ocurren otras circunstancias que arrojan dudas sobre interés en tapar genocidios.


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