En enero el Decreto de Estado de Excepción y Emergencia Económica cumplió dos años. Aunque la Constitución Bolivariana de Venezuela establece que el estado de excepción durará solo por un período de 120 días, el gobierno de Nicolás Maduro mantiene, gracias a prórrogas y prórrogas, su vigencia.

Bajo el argumento de que “el Ejecutivo Nacional adopte las medidas urgentes, contundentes, excepcionales y necesarias para asegurar a la población el disfrute pleno de sus derechos de preservar el orden interno, el acceso oportuno a bienes, servicios, alimentos, medicinas y otros productos esenciales para la vida”, Maduro violenta flagrantemente la carta magna y conculca derechos ciudadanos, pues se vale del decreto para adoptar medidas sin el aval de la Asamblea Nacional.

Ni se han adoptado las medidas urgentes para garantizarle a la población el acceso a bienes, servicios, alimentos, medicinas y otros productos esenciales para la vida. Ni se ha preservado el pleno disfrute de los derechos de la población.

El decreto serviría para combatir y acabar con la “guerra económica”, fortalecer la economía, impulsar los “motores” que promoverían el desarrollo productivo, minero, agrícola; contribuiría a luchar contra los enemigos de la patria y pare usted de contar. La realidad es que, desde enero de 2016 cuando se promulgó por primera vez luego que la coalición opositora ganáramos las parlamentarias, la crisis económica, de salud, la inseguridad, escasez de alimentos, medicamentos y demás problemas que asolan Venezuela no solo continúan, sino se agudizan y nos mantienen en una de la peores crisis que ha vivido el país en su historia contemporánea.

Diariamente crece el número de protestas por las carencias, la hiperinflación y la escasez crónica de toda índole, la alta deserción de estudiantes y docentes, además de la creciente y alarmante fuga laboral pública y privada.

En cuanto al supremo valor de la vida y el trato digno, la masacre de Policarabobo es el lamentable y nuevo episodio de tan contraproducentes resultados del decreto de estado de excepción madurista.

Para Giorgio Agamben, politólogo italiano, medidas como esta se resumen así: “El estado de excepción no es tanto la confusión de los poderes, sobre la que se ha insistido hasta la saciedad, como el aislamiento de la ‘fuerza-de-ley’ en relación con la ley. Se define así un ‘estado de la ley’ en el que, por una parte, la norma está vigente pero no se aplica y, por otra, hay actos que no tienen valor de ley pero que adquieren la ‘fuerza’ propia de ella. En el caso extremo, pues, la ‘fuerza de ley’ fluctúa como un elemento indeterminado que puede ser reivindicado tanto por la autoridad estatal como por una organización revolucionaria que actúe como dictadura soberana”.

Así, el estado de excepción genera y “legaliza” el necesario y conveniente espacio para la arbitrariedad y la persecución política de toda disidencia, y produce así el correspondiente e inevitable vacío entre el derecho y el hecho político y las conveniencias del régimen. Espacio para la arbitrariedad con el cual todo régimen injusto pretende ocultar y perseguir los señalamientos a su ineptitud corrupta, cínica y frívola, de la que somos rehenes todos los venezolanos.

El decreto de estado de excepción, si bien parte de disposiciones constitucionales (artículo 236 y 337) correspondientes al presidente de la República, tanto su aprobación, como sus reiteradas prórrogas, por disposición obligatoria, también del texto constitucional (artículos 338 y 339) deben ser enviadas por el Ejecutivo Nacional a la Asamblea Nacional, para su consideración y aprobación.

Con lo cual, tanto el decreto como sus prórrogas no solo son ilegales, sino ilícitas, negadoras de cualquier atisbo de constitucionalidad, por lo tanto, carentes de toda institucionalidad republicana y democrática.

Demostración del carácter dictatorial y al margen de la carta magna del régimen que usa el estado de excepción como el mecanismo a través del cual el gobierno se apropia del Estado, de sus instituciones, de las distintas actividades de la sociedad civil, e incluso de la vida y la libertad de los ciudadanos.

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