La convocatoria, no iniciativa realizada por el presidente de la República, Nicolás Maduro, por ante el CNE para la activación de la asamblea nacional constituyente con evidencia de manejo no ortodoxo, en sus bases de sectores minoritarios con carencia de representatividad, para que estas minorías de obediencia oficial puedan, según su decir: “Elegir por voto directo a 500 constituyentitas y a 200 voceros para que cada quien se vea reflejado y elaboren una constitución comunal, campesina, comunera, feminista, bolivariana, chavista, popular y democrática”, ha hecho multitudinaria la presencia de concurrencia ciudadana la que, encontrándose en situación ostensible de “mengua”, ha asumido su derecho de manifestar, entendido tal conducta como medio propicio de participación y protagonismo, para que el Estado venezolano cumpla con lo que son sus fines esenciales: consolidar el desarrollo de la persona, la construcción de una sociedad justa donde primen, como fines esenciales, “la defensa y el desarrollo de la persona y el respeto a su dignidad, la promoción de la prosperidad y bienestar del pueblo y la garantía de cumplimento de los principios, derechos y deberes consagrados en la Constitución”, impedidos de estada permanente, dado que muchos de los que se vienen desempeñándose en funciones de gobierno, con frecuencia y, a observancia de la fiscala del Ministerio Público, incurren en irrespeto a la integridad física, psíquica y moral, derechos intangibles de la ciudadanía.

El pueblo venezolano, por experiencia vivida durante su existencia republicana, está consciente de lo importante de su participación legítima para que se cumplan y mantengan los principios cardinales de su Constitución, los cuales ha aprendido a respetar y defender; por ello, cuando se le habló de la iniciativa presidencial para la convocatoria de la asamblea nacional constituyente no llegó a pensar en que se tratara de una triquiñuela argüida para repetir anteriores y dolorosas situaciones, orientadas a constitucionalizar el fortalecimiento absolutista de los poderes públicos concentrados en las manos del presidente Nicolás Maduro, constitutiva de la negación de los derechos que le son imprescriptibles como representación absoluta de la soberanía electoral, por lo que, percatado de que la intención del gobierno, hoy entredicho, no es resolver la grave crisis que vive el país, sino un obsesivo propósito continuista en el ejercicio de mando que, basados en las sentencias que le fueren acomodadas por un poder judicial “Cirineo”, sin tomar en cuenta el estado de exasperación vivido por el deterioro social , no teniendo a su alcance la comida diaria, los medicamentos, la libertad, su seguridad personal y jurídica; habida consideración de la propuesta de una asamblea nacional constituyente sectorizada que no tiene otra querencia que la de una fraudulenta reforma constitucional, que no apunta a resolver los graves problemas que aquejan la vida de los venezolanos, la rechaza totalmente, dado que de ser consumada atentaría contra la democracia por cuanto conllevaría constitucionalizar el Estado comunal, que fuere rechazado por el pueblo en el referéndum consultivo llevado a cabo en la reforma constitucional del año 2002.

El pueblo, como depositario del poder constituyente originario, no le permite a Maduro que pueda gobernar con poder total sin ningún tipo de limitaciones y con arbitrariedad como lo ha vendido haciendo a través de la concentración de poderes, para promulgar y modificar leyes, por cuanto tal concesión le conferiría estatus de dictador, olvidando el susodicho mandatario, que la persistencia del Estado liberal no intervencionista, constituye etapa superada, que le impide ser gendarme, convirtiéndolo en director y guía de toda la vida social, por lo que la omisión de esta obligación lo hace incumplir la Constitución, cerrándole el paso a la alterabilidad republicana.

El amplio respaldo popular con el cual contaba el actual presidente, se ha reducido notablemente; se le ha derrumbado haciéndosele incompatible con el deseo patriótico de la ciudadanía, de que se imponga el control de Asamblea Nacional sobre el Poder Ejecutivo: el Poder Judicial interpretando la Constitución a su manera impide el ejercicio de la rendición de cuenta de los funcionarios públicos. Se ha llegado al extremo de que los juicios civiles dejen de ser de la competencia de la jurisdicción ordinaria, reemplazada esta por la justicia militar.

Padrino López, activo militar oficioso de la política del gobierno, se subroga las atribuciones  del Consejo Moral Republicano para exculpar al Tribunal Supremo de Justicia y, como si fuera poco, se anuncia sin escrúpulos ni impedimento alguno la preparación para la guerra de la militancia del PSUV, violación sin escrúpulos del Estado de Derecho lo que ha traído como consecuencia que se incentiven y multipliquen las protestas de las mujeres, estudiantes, obreros, clero, artistas, así como de otros sectores reprimidos con violencia inaudita, creándose una situación de crispación que arroja centenares de muertes. Para colmo e incremento de la masiva protesta colectiva, el presidente Nicolás Maduro, renuente, contumaz a concurrir a un referéndum de solicitud de revocatoria de su mandato, lucubrando sobre la base de un supuesto esfuerzo para la paz, hace uso de la aquiescencia de los poderes públicos que le son concentrados para decretar, no solicitar la convocatoria a una asamblea nacional constituyente, mediante bases evidentemente “espurias”, dado que la forma de hacer tal pedimento degenera el origen que se le es asignado por la Constitución, por cuanto es manejada en sus bases y en la elección de sus miembros por la dirigencia del partido de gobierno.

Con razón no discutible, dado la veracidad del intento de perpetuación en el poder de Nicolás Maduro, la constituyente pretendida es una de las instancias que aprovechará la dirigencia del partido de gobierno, no la ciudadanía para alzarse con la representación de los que puedan integrarla , carente de asidero por ilegitima e inconstitucional, por obviar que la máxima instancia soberana como lo establece la parte final del el preámbulo de la carta magna vigente, es el mandato del poder del pueblo ejercido mediante el voto libre y en referendo democrático; lo contrario sería plantear votaciones sectoriales y territoriales controladas por el gobierno,  mediante el no ejercicio de la universalidad del sufragio, lo cual no es permisible e impone la obligación de unificar las fuerza ciudadanas ”para desconocer cualquier régimen, legislación o autoridad que contraríe los valores, principios y garantías democráticas o menoscabe los derechos humanos. Arrebatarle al pueblo su legitimidad universal para complacer la ocurrencia perversa de la realización de una elección de segundo grado, no es más que una felonía.


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