Un ciudadano apátrida es una persona que carece totalmente de identidad nacional, es decir, es un individuo que no goza de reconocimiento como ciudadano perteneciente a una nación en particular, lo cual genera una restricción consecutiva de distintos derechos dentro de los cuales no se incluyen los de la vida, educación y la salud. De acuerdo con esto se cataloga como apatridia a la acción de no identificarse legalmente la procedencia nacional de un individuo.

De acuerdo con lo anteriormente señalado, los individuos sin identificación (apátridas) carecen de los derechos como el ejercicio del voto popular, no pueden militar en partido político alguno hasta tanto no se les reconozca como ciudadanos, todo lo cual hace que su situación sea catalogada como inhumana, penosa y hasta una afrenta para la ley del derecho internacional.

Por lo anteriormente indicado existen organizaciones que se encargan de erradicar la apatridia, una de ellas Acnur (Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados), institución que con frecuencia publica proyectos investigativos sobre este problema, así como también las recomendaciones para evitar la apatridia en las distintas regiones del planeta, legislando mediante campañas políticas para promover la ciudadanía, a fin de evitar que esta situación propicie una discriminación de cualquier naturaleza (racial, social, etc.), eliminando al mismo tiempo la distinción de géneros a la hora de tomar decisiones de carácter jurídicas.

Sin embargo, en nuestro país se ha tornado recurrente en boca de quienes detentan el poder desde hace veinte años, calificar de apátridas a quienes no comulgan con el socialismo, marxista, comunista y mal llamado bolivariano. Se observa que no tienen ni la menor idea de que este calificativo no solo suena denigrante, despectivo y humillante, pues trasluce para quienes lo promueven un enorme desprecio hacia sus semejantes, a quienes despectivamente los califican de enemigos, término militar que suelen utilizar los hombres de uniforme.

Nicolás Maduro prometió defender a Venezuela de los “apátridas y fascistas”, tras la culminación de una marcha de sus partidarios en el Palacio de Miraflores, en cuyo acto acotó: “Cueste lo que cueste, vamos a defender a Venezuela que es chavista de los apátridas, con la ayuda de efectivos militares”. Diosdado Cabello, el segundo hombre al frente del partido oficialista, recién designado presidente de la ilícita asamblea nacional constituyente, en su bodrio televisivo en el canal del Estado, expresó: “Andan haciéndole el juego al imperialismo norteamericano, porque son sus lacayos y creen que porque nos amenazan nos vamos a asustar; estamos acostumbrados a esas amenazas, y no solo acostumbrados a las amenazas de los apátridas, sino que los hemos vencido desde Simón Bolívar para acá, porque este es un pueblo de libertadores y luchadores”.

Desconocen Maduro y sus cófrades enchufados y del partido, del cual también es presidente, que para erradicar esta situación de los llamados apátridas se realizó una conferencia de plenipotenciarios convocada por el Consejo Económico y Social de las Naciones Unidas, cuya acta entró en vigencia el 6 de junio de 1960, de conformidad con el artículo 39 del máximo organismo mundial, el cual en su preámbulo establece:

  • Considerando que la Carta de las Naciones Unidas y la Declaración Universal de Derechos Humanos, aprobada el 10 de diciembre de 1948 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, han afirmado el principio de que los seres humanos, sin discriminación alguna, deben gozar de los derechos y libertades fundamentales,
  • Considerando que las Naciones Unidas han manifestado en diversas ocasiones su profundo interés por los apátridas y se han esforzado por asegurarles el ejercicio más amplio posible de los derechos y libertades fundamentales,
  • *Considerando que la Convención sobre el Estatuto de los Refugiados de 28 de julio de 1961 comprende solo a los apátridas que son también refugiados, y que dicha convención no comprende a muchos apátridas,
  • *Considerando que es deseable regularizar y mejorar la condición de los apátridas mediante un acuerdo internacional,

Han convenido en las siguientes disposiciones:

Capítulo I: Disposiciones generales

Artículo 1o Definición del término «apátrida»

1. A los efectos de la presente convención, el término «apátrida» designará a toda persona que no sea considerada como nacional suyo por ningún Estado, conforme a su legislación.

2. Esta convención no se aplicará:

i) A las personas que reciben actualmente protección o asistencia de un órgano u organismo de las Naciones Unidas distinto del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados, mientras estén recibiendo tal protección o asistencia;

ii) A las personas a quienes las autoridades competentes del país donde hayan fijado su residencia reconozcan los derechos y obligaciones inherentes a la posesión de la nacionalidad de tal país.

El considerando de las Naciones Unidas sobre este tema es extenso, por lo que solo nos hemos referido a su preámbulo, con el propósito de que Maduro y su gabinete saltimbanqui y también los voceros del oficialismo se enteren de algo que ni siquiera se imaginaron existía, y por ello defenestran a sus adversarios políticos de la oposición tildándolos de “apátridas”, porque definitivamente su escasa formación los dejó huérfanos de conocimientos e información.

El tema tan preocupante por su naturaleza fue analizado en reciente fecha en Lima, a través de  un taller de capacitación que tuvo lugar en el Instituto de Democracia y Derechos Humanos de la Pontificia Universidad Católica del Perú, el cual contó con la solidaridad de la Red de las Américas sobre Nacionalidades y Apatridia (ANA), y el objetivo principal fue dar a conocer los estándares internacionales relativos a nacionalidad y apátrida, en especial los que han sido desarrollados por el Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos.

@_toquedediana // [email protected]


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