Jesús Valdez asume el liderato jonronero de la LVBP a ritmo récord. La Comisión Antidopaje le pide someterse a un examen de orina, sin sorteo. El Magallanes le ordena que no lo haga. El jugador se rehúsa y es declarado positivo. Por eso, es sujeto de una suspensión. La Comisión informa a la liga y los Navegantes protestan.

Hasta acá, todo se maneja en secreto. Pero el jueves se hace público. La directiva de la LVBP convoca a la Junta de Equipos para analizar el asunto y deja en los clubes la decisión.

El artículo 17° del reglamento antidopaje permite la realización de exámenes sorpresa, sin sorteo, cuando exista una duda razonable. Esto se justifica en el hecho de que, a diferencia de otras ligas y deportes, acá no se hacen despistajes a todos, sino a un porcentaje de peloteros. La Comisión consideró que alguien en camino a romper una marca debe ser revisado, para descartar irregularidades como las que, sabemos muy bien, ocurrieron en el pasado. La letra de la norma sugiere la posibilidad de justificar su motivación ante LVBP, pero no lo ordena. La comisión decide no hacerlo. La nave exige que sí se lleve a cabo ese procedimiento previo. Queda planteada la diferencia de visiones.

La directiva de la liga no puede tomar una decisión sin la intervención de los clubes. Hay opiniones divididas. La norma tolera interpretaciones y subjetividades. Varias escuadras exigen la realización de la prueba. Quien no la debe, no la teme, eso dicen.

Este es el marco que rodea el infortunado comunicado que la LVBP dio a conocer este viernes, anulando el proceso contra el toletero, asegurando que la Comisión actuó de manera impropia y, como colofón, ordenando que de todos modos se le realice un despistaje al jugador.

Primera consideración: si el procedimiento no fue reglamentario, debe anularse y terminarse. Porque si no se cumplió con el reglamento, no cabe que Valdez sea llamado a examinarse, aunque haya mil rumores. Si no se ajustó a la norma, se acaba el proceso y no hay test.

Segunda consideración: el ahora polémico artículo 17° no es un invento nativo, está inspirado en la normativa internacional y es recomendación habitual de la Agencia Mundial Antidopaje. De hecho, todo pelotero en ruta a un récord debería ser examinado, en beneficio de su propia reputación. O como hemos planteado acá, que se revise a los líderes de los principales tres o cuatro departamentos ofensivos y de pitcheo a mitad y a finales de temporada, y santo remedio, se acaban las subjetividades, sospechas y acusaciones infundadas.

Tercera consideración: si el programa antidopaje nació para que los récords de la LVBP nunca más queden bajo la sospecha de que no fueron legítimos, como muchos creen sobre las marcas de Alex Cabrera, y si la política contra el uso de sustancias no permitidas se origina precisamente en aquellos tiempos, coincidencialmente o no, es una contradicción con ribetes autodestructivos atacar a la Comisión en la defensa de alguien cuya inocencia o culpabilidad son desconocidas.

Cuarta consideración: si la norma permite interpretaciones, ¿por qué minar la credibilidad de la Comisión Antidopaje señalando que cometió un error, cuando ni siquiera se expone una argumentación con las premisas de ambas partes que demuestre el supuesto fallo? Lo que se ha hecho es gravísimo. Es tambalear las bases de una institución creada para cuidar la integridad del juego.

Una última consideración: había que emitir un comunicado conciliador, que defendiera a las dos partes, donde se pidiera un informe previo a la Comisión y que, luego de eso, el jugador fuera al examen. En cambio, se censuró a los encargados de cuidar el juego limpio y, de todas maneras, se les pide ir tomar la muestra de orina.

Había que cuidar a todas partes, en beneficio del espectáculo, sin tomar partido.

@IgnacioSerrano

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