Oficializan en Gaceta el aumento de la Unidad Tributaria a 90 bolívares
17-Feb 09:43 am|Carolina García Aparicio
El Seniat aprobó el reajuste en la Providencia Administrativa N° SNAT/2012/0005 de fecha 16 de febrero de 2012

Gaceta Oficial | Ender Ramírez Padrino
El reajuste de la Unidad Tributaria de setenta y seis bolívares (Bs. 76,00) a noventa bolívares (Bs. 90,00) fue publicado este viernes en la Gaceta Oficial N° 39.866 de fecha 16 de febrero de 2012, mediante la providencia administrativa N° SNAT/2012/0005.
En el artículo 2 de la providencia se informa que en los casos de tributos que se liquiden por períodos anuales, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente durante por lo menos ciento ochenta y tres (183) días continuos del periodo respectivo.
Para el caso de los tributos que se liquiden por períodos distintos al anual, la unidad tributaria aplicable será la que esté vigente para el inicio del período, todo de conformidad con los establecido en el Parágrafo Tercero del artículo 3 del Código Orgánico Tributario.